A rendir cuentas Ediles de la localidad 3 por presunto fraude procesal

Diego García Camargo y Juan Carlos Manjarrés, comparecerán por orden expresa ante La Fiscalía 31 de Santa Marta.

¿De qué se trata?

Conforme al decreto distrital N. 022 del 11 de febrero del 2016, el día 28 de abril del 2016 se surtió la votación para conformar la terna de aspirantes al cargo de alcalde local, en la cual, entre otros aspirantes, participó el señor Diego Alejandro García Noriega, primo hermano del Edil Diego Armando García Camargo.

Lo anterior ya iría en contra de lo legal, toda vez que para la fecha, la JAL se regía por el reglamento interno del Concejo Distrital, en el que se estipula en uno de sus componentes, Artículo 181, ‘Conflicto de Intereses’, en referencia a cuando existe interés directo a la decisión porque le afecte de alguna manera, o a su cónyuge compañero o compañera permanente, o algunos de los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil o a su socio o socios de derecho o de hecho, deberá declararse impedido de participar en los debates o votaciones respectivas.

Sin embargo esto no ocurrió teniendo en cuenta que el Edil Diego García Camargo, no puso en conocimiento su condición y no se declaró impedido para actuar en el proceso de selección y elección de candidatos para integrar la terna alcalde local en la localidad 3 turística “Perla del Caribe”, en abierta contrariedad y violacion a lo establecido en el Acuerdo 003 del 2 de mayo del 2008, y antes por el contrario el Edil García Camargo pretende excusar su falta aduciendo que el día 28 de abril del 2016 no se surtiera ni un solo voto a favor del candidato Diego García Noriega, su primo, declaración presentada ante el Tribunal Administrativo del Magdalena, que en su momento archivó el proceso por falta de pruebas.

No obstante a lo anterior, y en un afán desesperado por argumentar en su favor, los señores Ediles Diego Armando García Camargo y Juan Carlos Manjarres Árias, presentaron ante la magistrada del Tribunal un documento de la presunta renuncia a la candidatura del señor Diego Alejandro García Noriega, según ellos con fecha de abril 27 del 2016, o sea un día antes de la votación.

Documento que nunca fue de conocimiento de los otros 7 ediles, en donde supuestamente se habría presentado la renuncia del señor Diego García Noriega, además de que no exista ninguna relación de esto en el acta 055 de 2016, en la cual se da cuenta y documenta de lo sucedido en la votación por los aspirantes a la terna por ocupar el cargo de alcalde local, teniendo en cuenta que la renuncia de cualquiera de ellos es relevante.

El Delito.

Lo que hoy se está evidenciando, es que en ningún momento el señor Diego Alejandro García Noriega presentó renuncia a su postulación como candidato a la alcaldía local de la Localidad 3, y qué más bien su firma fue falsificada para hacerlo parecer como si lo hubiera hecho, y de esta manera recibir el documento que le fue entregado a la magistrada Maribel Mendoza Jimenez.

De ser comprobado este hecho, los ediles en mención enfrentarían cargos de los delitos de Fraude Procesal, Falsedad en Documento Privado y Concierto para Delinquir.

Cabe resaltar que además de la demanda presentada por el señor Víctor Rivera Pacheco, también candidato a Edil de JAL de la Localidad 3, por el partido Liberal, también cursa en la Fiscalía 31 una denuncia por fraude a resolución judicial instaurada por el abogado Gerardo Martínez, en la que se ordenaba suspender el proceso de elección el 28 de abril del 2016 el cual no fue tenido en cuenta.

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